El costo mensual de un hogar de cuidado extendido en Puerto Rico obliga a muchas familias a considerar vender la casa de sus padres. Legalmente hay un camino claro, pero hay que hacerlo bien.
Si el titular conserva su capacidad
Puede firmar directamente, o puede otorgar un poder notarial designando a un hijo o persona de confianza para vender en su nombre. El notario verificará su capacidad al momento de otorgar.
Si ya no puede otorgar un poder
Se requiere un procedimiento de tutela o de apoyo en el Tribunal, que designe quién administra los bienes. La venta de un inmueble suele necesitar autorización judicial expresa.
Advertencias importantes
- Nunca firmes por un familiar sin poder legal — la escritura sería impugnable.
- Documenta el uso del dinero: los demás herederos pueden pedir cuentas.
- Considera el impacto en beneficios gubernamentales antes de vender.
- Involucra a todos los hermanos desde el inicio para evitar pleitos.
Un poder notarial otorgado a tiempo evita meses de proceso judicial más adelante.
Cómo trabajamos estos casos
Con máxima confidencialidad y coordinando con el notario o abogado de la familia. Compramos la propiedad en la condición que esté, incluyendo casas llenas de pertenencias de toda una vida.
Hablemos con calma: 787-500-CASH (2274).




